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Andrea Turriago Molinas
Acciones e investigaciones Sociales. ISSN: 1132-192X. n.º 43 (2022). Páginas 125 a 164
https://doi.org/10.26754/ojs_ais/accioninvestigsoc.2022437424
La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Huma-
nos de las Naciones Unidas (OACNUDH)7 8, siguiendo lo dis-
puesto en el artículo primero de la Declaración sobre los Defen-
sores de Derechos Humanos9 ha definido a los defensores y
defensoras de derechos humanos como:
…cualesquiera personas o grupos de personas que se esfuercen
en promover los derechos humanos, desde organizaciones intergu-
bernamentales asentadas en las mayores ciudades del mundo hasta
individuos que trabajan en sus comunidades locales. Los defensores
pueden ser de cualquier género, tener distintas edades, proceder de
cualquier parte del mundo y tener cualesquiera antecedentes
profesionales o de otro tipo (ACNUDH, 2019, p. 7).
En contraste con la definición previa, se puede evidenciar
cómo en el ámbito nacional, instituciones como la Procuraduría
General de la Nación reconoce de manera específica el rol de
defensa del medio ambiente y el territorio:
Se entenderán por DDT las personas que han asumido procesos
para la defensa de sus derechos relacionados con la tierra o el terri-
torio. Estos procesos incluyen, entre otros, los que se emprenden
para resolver conflictos agrarios por el despojo, la tenencia y la acu-
7
El relator especial, John Knox, se refiere a personas o grupos que, en calidad
personal o profesional y de manera pacífica, que protegen y promueven los derechos
humanos. Los defensores se identifican sobre todo por lo que hacen y se caracterizan
por las acciones que emprenden para proteger los derechos humanos (Knox, 2017, p. 6).
8
Michel Forst: definió a los defensores de los derechos humanos ambientales
como “[…] las personas y los grupos que, a título personal o profesional y de forma
pacífica, se esfuerzan por proteger y promover los derechos humanos relacionados
con el medio ambiente, en particular el agua, el aire, la tierra, la flora y la fauna. Los
derechos ambientales y sobre la tierra están interrelacionados y a menudo son insepa-
rables. Por consiguiente, las dos grandes categorías de defensores de los derechos
ambientales y defensores de los derechos sobre la tierra suelen definirse bajo las ex-
presiones “defensores de los derechos ambientales y sobre la tierra”, “defensores de
los derechos ambientales” o simplemente “activistas ambientales”” (ONU, 2019, p. 6).
9
El artículo primero de la Declaración sobre Defensores de DDHH establece “el
derecho, individual o colectivamente,a promover y procurar la protección y realización de
los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e inter-
nacional, tanto de forma individual como colectiva” (ACNUDH, 1999, pág. 3). Ver texto
completo en: https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Defenders/Declaration/decla-
ration_sp.pdf